Por Gloria de la Fuente // Contenido publicado en La Segunda
Como Consejo para la Transparencia (CPLT), y en un momento que consideramos crucial para el país, presentamos hace cerca de un mes un documento de trabajo que nos ha servido para dar el puntapié inicial a un proceso de reflexión pública sobre el proceso constituyente desde la perspectiva de la probidad, la transparencia y el derecho de acceso a la información como principios. Principios, por cierto, que son de vital importancia y que están amparados en el derecho internacional.
A la luz de instrumentos y tratados -como la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Carta Democrática Interamericana de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos- y de jurisprudencia regional entre la cual destaca, entre otros, el caso Claude Reyes contra el Estado de Chile a partir de un fallo relevante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que abrió la puerta para la existencia de legislaciones ad hoc en la región, reforzamos la necesidad de consagrar la transparencia y el acceso a la información como normal general antes, durante el funcionamiento de la Convención Constitucional y después de cumplido su objetivo.
Estos principios constituyen una piedra angular, ineludible y necesaria para la construcción de confianza y credibilidad en el proceso, con el fin de dotar de legitimidad sus acciones y definiciones. No podemos olvidar que estamos en una de las peores crisis de confianza institucional y que la Convención Constituyente debe no sólo definir su propio reglamento, sino estructurar un andamiaje que le permita hacer frente a este fenómeno y a otros como el de la desinformación.
A partir del análisis de nuestras sugerencias, cuyo ánimo no es más que promover el debate público sobre temas sustantivos, esperamos ir afinando y perfeccionamiento un paquete de mecanismos y propuestas que buscan poner al servicio de la Convención Constitucional 12 años de experiencia en estas temáticas. A esto se suma el conocimiento de juristas y académicos, académicos constitucionalistas y también de representantes y figuras destacadas en otros ámbitos del conocimiento que estamos convocando para conversar sobre estas recomendaciones.
El objetivo de estas acciones es que los constituyentes electos puedan contar con herramientas o fórmulas al momento de definir el reglamento que regirá el órgano constitucional, y pueda así dedicar más tiempo a los contenidos, puestos que las definiciones que se tomen en este tiempo van a definir las décadas venideras y, probablemente también, el destino de las próximas generaciones.